lunes, 8 de noviembre de 2010

PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DOCENTE YA ESTA DISPONIBLE

La Dirección General de Servicio Civil le comunicó que ya se encuentra disponible los resultados y la información relacionada con el "Proceso de Selección para el nombramiento en propiedad en plazas propiamente docentes del curso lectivo 2011".

LOS LINKS DE INTERES SON:

1.    Propuesta final de nombramientos curso lectivo 2011. PROPUESTA NOMBRAMIENTOS FINAL 2011.xls

2.    Puestos o pedimentos que fueron excluidos por solicitud del Ministerio de Educación Pública posteriores a la publicación de la lista preliminar de candidatos con opciones a puestos en propiedad para el curso lectivo 2011. Pedimentos anulados y modificados, posterior a prop preliminar.xls

NOTAS IMPORTANTES:

  1. Las bases de calificación para las distintas clases de puestos, corresponden a las establecidas por los respectivos Jurados Asesores, de conformidad con lo que al respecto señala el artículo 87 de la Ley de Carrera Docente.
  2. Las plazas que desestimaron los docentes postulados preliminarmente como candidatos con mayor opción de nombramiento en propiedad para el curso lectivo 2011, fueron incluidas en la actual propuesta.
  3. Del total de las plazas vacantes remitidas por el Ministerio de Educación Pública, se destinó el porcentaje correspondiente para ser ocupadas en propiedad por docentes con necesidades especiales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7600.
  4. Las variaciones que existen entre la propuesta actual y la lista preliminar, en cuanto a cantidad de vacantes, clase de puestos y especialidades, entre otros aspectos, son producto de las solicitudes remitidas por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, instancia con competencia técnica y legal para la determinación de tales aspectos.
  5. Algunas calificaciones otorgadas inicialmente a los docentes fueron modificadas al acogerse los argumentos contenidos en los formularios de apelación.
  6. Todas las apelaciones recibidas durante el periodo del 11 al 15 de Octubre del presente año, sin excepción fueron objeto del estudio respectivo, siendo consideradas y resueltas previamente a la elaboración de la actual propuesta. Sin embargo, dada la gran cantidad y diversidad no fue posible cumplir en su totalidad con la respectiva comunicación, por lo que se continuará con el envío de las mismas en los próximos días.
  7. La experiencia laboral del año 2009 no se considera para efectos de calificación, debido a que la misma en el momento de la actualización (Setiembre 2009), no había sido evaluada por el Ministerio de Educación Pública, requisito indispensable para otorgar el puntaje correspondiente.
  8. Por efecto de voto Nº 2023-2010 de fecha 02 de febrero de 2010 de la Sala Constitucional, para la especialidad Religión no se postulan candidatos por la necesidad de ampliar el proceso de reclutamiento y actualización, de modo que se brinde oportunidad a quienes por carecer del requisito de la autorización previa de la Conferencia Episcopal Nacional no habían participado en el citado proceso.
  9. Aquellos docentes calificados en la especialidad de Estudios Sociales que omitieron ofertar para la especialidad de Educación Cívica y que tengan interés en impartir lecciones en ésta, podrán efectuar por escrito la solicitud formal en las oficinas de Carrera Docente.
  10. Quienes hayan ofertado para las diferentes clases de puestos de idioma extranjero, de acuerdo con las bases o criterios de selección establecidos por el Jurado Asesor respectivo, deben haber cumplido como condición adicional con la prueba de dominio lingüístico. Caso contrario se les tomará en cuenta únicamente para nombramiento interino.
  11. A los docentes que ocupan actualmente puestos en forma interina no les asiste derecho por el simple hecho de ocupar la plaza, toda vez que para ello se aplica el procedimiento establecido en la Ley de Carrera Docente (estricto orden descendente de calificación, artículo 83).
  12. Los docentes que desestimen la propuesta de nombramiento en propiedad del curso lectivo 2011, deberán informarlo a la brevedad posible a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública así como a nuestras oficinas en Carrera Docente.

Consultas a través de correo electrónico carreradocente@mep.go.cr o en nuestras oficinas en el segundo piso del Edificio Raventós en San José.   

 

5 comentarios:

  1. SALUDOS

    QUISIERA REFERIRME AL PUNTO #11 DE LAS NOTAS IMPORTANTES A TOMAR EN CUENTA EN EL NOMBRAMIENTO EN PROPIEDAD DEL MEP.

    EL HECHO DE CONTAR CON UNA PLAZA INTERINA NO ES UN SIMPLE HECHO, LA LEY ES CLARA EN QUE LOS CIUDADANOS TIENEN DERECHO

    A LA ESTABILIDAD LABORAL Y LOS REGLAMENTOS DE CARRERA DOCENTE NO ESTÁN POR ENCIMA DE LA INTEGRIDAD DE LOS CIUDADANOS,

    MI ESPOSA TIENE 7 AÑOS DE LABORAR PARA EL MEP CON UN NIVEL DE ENTREGA QUE JAMÁS PODRÍA CALIFICARSE CON SIMPLES NÚMEROS

    PERO ESTO NO PARECE IMPORTARLES, COMO SE LES OCURRE PONER EN CEROS EL PUNTAJE DE EXPERIENCIA DE UN EDUCADOR POR

    SIMPLES TECNICISMOS.

    DEBERÍAN COMPRENDER MEJOR EL CONCEPTO DE SIMPLE

    GRACIAS

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  2. donde están los sindicatos para proteger los derechos básicos de los trabajadores interinos

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  3. para ver la pagina, donde se ven los nombramientos en propiedad......!

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  4. hola, me gustaria que me envien las hojas del excel ya que los link´s estan rotos a mi e-mail...
    leandro-ar@hotmail.com
    zobeidar@hotmail.com
    j.bi.vian@hotmail.com
    De ante mano agradezco me ayuden gracias....

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  5. Una persona es nombrada desde el 2011 hasta el 2014 y es cesado en el 2012. Pregunta... El mep tiene que reuvicarlo?

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