miércoles, 23 de enero de 2013

Salario Escolar del sector Público: fundamentos legales, deducciones aplicables y exoneración de renta

El viernes 18 de enero de 2013, miles de trabajadores del sector público, entre ellos el Magisterio Nacional, recibieron el pago del salario escolar, una figura salarial que se entrega todos los meses de enero, época en que las familias requieren recursos para financiar el pago de la educación de sus hijas e hijos.

El salario escolar del sector público se compone de una deducción sobre los salarios de cada mes, de 8,19%. Estos montos se retienen desde enero a diciembre, y se paga a las y los trabajadores en enero. No debe confundirse con el método de cálculo y porcentajes del salario escolar del sector privado, regulado por otra legislación. Tampoco debe confundirse con el aguinaldo, figura salarial a la que no se pueden aplicar rebajos ni retenciones, excepto por concepto de pensión alimenticia.

Al salario escolar se le aplican todas las rebajas de ley correspondientes del salario nominal, debido a que se conforma con tractos del sueldo mensual. Se rebajan
cuotas obrero-patronales, deducciones porcentuales de cooperativas, fondos de ahorro, sindicatos, asociaciones solidaristas, entre otras.

Cabe aclarar que esto no implica un doble rebajo. Esto se debe a que, en realidad, el trabajador percibe mensualmente solo un 91,81% del salario (el resto se retiene para devolverlo en enero), y los porcentajes de rebajos de ley se aplican también sólo sobre ese 91,81%, por lo que los montos deducidos son menores. Al aplicar el rebajo en el salario escolar, se compensa esa diferencia, sin que implique en ningún momento una reducción adicional.

Ahora bien, el salario escolar sí está exento del pago del Impuesto sobre la Renta, por ley
8665.

En caso de existir dudas sobre los montos rebajados al salario escolar 2013, las y los trabajadores del MEP pueden solicitar un desglose de pago de salario, donde se detallan las deducciones aplicadas. Si se detectan deducciones improcedentes, o existen dudas al respecto, los asesores legales del SEC brindan atención gratuita a toda nuestra afiliación además de gestar los trámites de reclamo que sean necesarios. Puede comunicarse con ellos a través del perfil en facebook: Secretaria Legal y Laboral SEC, o al teléfono 2283-5360, extensiones 239 y 246.


LEGISLACIÓN SOBRE EL SALARIO ESCOLAR DEL SECTOR PÚBLICO:

-------------------
Decreto 23907-H, Creación del Salario Escolar:
El salario escolar del Sector Público nació por vía Decreto Ejecutivo 23907-H, publicado en La Gaceta 246 del 27 de diciembre de 1994, que establece lo siguiente:

"Artículo 1º.- Se adiciona a la partida de Servicios Personales el rubro Salario Escolar, para identificar el gasto por ajuste adicional, para los servidores activos, el aumento de salario otorgado a partir del 1º de julio de 1994, que consiste en un porcentaje del salario nominal de dichos servidores, para que sea pagado en forma acumulativa en el mes de enero de cada año.

Clasificación de Gastos según su objeto:  Código Concepto  031 Salario Escolar

Artículo 2º.- Rige a partir del 1º de julio de 1994."

-------------------
Ley 8665. Exoneración del Salario Escolar del Impuesto sobre la Renta

Adición del inciso f) al artículo35 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, N° 7092, para exonerar el salario escolar del pago de este impuesto

Nº 8665

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

ADICIÓN DEL INCISO F) AL ARTÍCULO 35 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, Nº 7092, PARA EXONERAR EL SALARIO ESCOLAR DEL PAGO DE ESTE IMPUESTO

ARTÍCULO ÚNICO.-

Adiciónase el inciso f) al artículo 35 del capítulo XIV de la Ley del impuesto sobre la renta, Nº 7092, de 21 de abril de 1988, y sus reformas. El texto dirá:

"CAPÍTULO XIV

Ingresos no afectos al impuesto

Artículo 35.- Ingresos no sujetos

No serán gravados con este impuesto los ingresos que las personas perciban por los siguientes conceptos:

[…]

f)   El monto total que reciben, por concepto de salario escolar, los trabajadores."

viernes, 18 de enero de 2013

SEC presente en marcha por ampliación de licencia por maternidad y paternidad

El Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense, SEC, se sumó a organizaciones sociales, estudiantes, universidades, grupos políticos y ciudadanía en general, que marcharon este viernes 18 de enero de 2013 hasta la Asamblea Legislativa, en San José, en apoyo a la iniciativa de extender la licencia por maternidad, e implementar una licencia por paternidad post parto, todo ello con el objetivo de permitir a las familias gozar de más tiempo para la crianza de sus hijas e hijos.

Esta propuesta surge de un grupo de madres y padres de familia, quienes han vivido en carne propia la difícil decisión de escoger entre quedarse criando a sus hijos y arriesgarse a perder el trabajo por ello; o volver a laborar y dejar a sus hijos al cuidado de otras personas. Sin duda alguna, el impacto social de esta práctica no beneficia a la sociedad, ya que no permite el pleno desarrollo de los vínculos afectivos en las familias. Esto los motivó a sumar fuerzas para convertir la idea en una ley.

Las y los manifestantes consideran que es necesario ampliar la licencia por maternidad hasta alcanzar los 7 meses: 1 mes previo a la eventual fecha de parto, y 6 meses posteriores al alumbramiento. Actualmente, sólo se conceden 3 meses post parto, aún cuando las recomendaciones de diversos organismo internacionales, es otorgar mínino medio año de licencia. Adicionalmente, se plantea otorgar un mes de licencia post parto para los padres de familia, para que también tengan derecho a permanecer en sus hogares, colaborar con su familia, y participar en esta etapa tan importante de la crianza.

La marcha concluyó frente al Congreso, lugar donde se hizo entrega de de un borrador de proyecto, junto a firmas en apoyo del mismo, el cual fue entregado al legislador José María Villalta, quien marchó junto a su hijo. Villalta resaltó la importancia de aplicar una normativa legal más justa para las familias, y destacó que los aspectos financieros de la propuesta no son los únicos que deben pesar en esta decisión. Las organizadoras de la marcha sugirieron a instituciones y grupos sociales interesados en brindar aportes para redactar un proyecto de ley definitivo, a que se integren a este esfuerzo.

miércoles, 16 de enero de 2013

SEC apoya proyecto para incrementar las licencias por maternidad y paternidad

El Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense, SEC, manifiesta su respaldo a la iniciativa de un grupo de mujeres y sectores civiles, que proponen aumentar la licencia por maternidad, e implementar la licencia por paternidad, permitiendo a ambos dedicarse a la atención de sus bebés, la crianza, y la recuperación efectiva después del parto.

Apoyamos esta iniciativa, que genera el debate sobre un tema trascendental. La tendencia a nivel mundial es crear leyes que incrementen estas licencias, porque es una prioridad social, ante la cual ninguna limitación económica, financiera o patronal, puede tener más peso que el derecho de las familias.

La experiencia milenaria de las madres, respaldada por estudios científicos, demuestran la importancia de la lactancia materna, por dos motivos: primero, por ser el mejor alimento que puede recibir el menor en sus primeros meses de vida; y además, porque fomenta un vínculo intenso entre la madre y su bebé, relación que no puede ser sustituida por nadie ni nada.

Conscientes de ello, el SEC y SITRACOME, elaboraron un proyecto de Convención Colectiva para todos los trabajadores de la educación, actualmente en negociaciones. Entre los aspectos contemplados, surge la iniciativa de extender la licencia por maternidad en el Magisterio Nacional hasta por dos años, en conjunto con una licencia de dos meses para los padres. Este planteamiento se fundamenta en el Convenio 183 de la OIT, que recomienda la protección de la maternidad, así como otros instrumentos jurídicos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y la Declaración Universal de los Derechos del Niño y la Niña.

Si bien es cierto, nuestro planteamiento está orientado a mejorar la situación de las y los trabajadores de la educación, es importante que se extienda a toda la clase trabajadora. Nuestra sociedad actual vive realidades diferentes al pasado, ya que las mujeres no se desempeñan solamente como madres de familia, sino que además constituyen una fuerza activa en todos los campos de la actividad económica. Esta transformación social debe ir de la mano con el pleno respeto al derecho de la maternidad y al ejercicio adecuado de ésta. Así lo plantea la Sala Constitucional en su voto 10278-2009, que manifiesta "es la realidad aunada a las luchas de las mujeres por la exigencia y defensa de sus derechos, obliga a los Estados a tomar medidas y adecuar la legislación laboral para eliminar normas discriminatorias para las mujeres en el campo de la protección de la maternidad".

La transformación social y económica implantada en por la globalización y las exigencias del capitalismo salvaje, han obligado a que en las familias, tanto padres como madres se sumen a la fuerza laboral para su subsistencia. Estos cambios llevan al hombre a asumir cada vez más más funciones del hogar y la crianza de los hijos, aunado con su actividad económica, por lo que ellos también deben contar con una figura legal, que les garantice tiempo suficiente para dedicarse a la protección y asistencia de sus familias, especialmente en momento tan decisivos como la llegada de un hijo o una hija al mundo.

Por una sociedad más justa, instamos a un cambio  en la legislación. Invitamos al Magisterio a sumarse a la marcha en defensa de esta iniciativa, el 18 de enero, a partir de las 10:00 a.m., en Parque Central de San José.

sábado, 12 de enero de 2013

Trabajadores del Magisterio ya perciben efectos de reforma al artículo 70 de la Ley 7531

Desde este fin de semana, correspondiente al pago de la primera quincena de enero de 2013, miles de trabajadores activos y jubilados del Magisterio Nacional, pudieron percibir los efectos positivos derivados de la aprobación de la reforma al artículo 70 de la Ley 7531, que regula el régimen de pensiones de este gremio.

Las y los pensionados con ingresos iguales o inferiores a 2,8 salarios mínimos de la administración pública, (aproximadamente) ¢615.300, fueron exonerados del pago de tributo, por lo que desde hoy reciben mayor montos en los depósitos de sus pensiones. Quienes perciben una cifra superior a la anteriormente citada, también se ven beneficios, ya que se les aplica menor deducción sobre sus pensiones, ya que las cuotas fueron reducidas.

La aprobación de esta reforma se logró gracias a las gestiones permanentes del SEC, que lideró el proceso de negociación política, lo que permitió encaminar el proyecto en la Asamblea Legislativa hasta lograr sus aprobación.
Related Posts with Thumbnails