Comunicado
21 de mayo de 2014
DE: Ministerio de Educación Pública
PARA: Organizaciones Gremiales del Magisterio.
ASUNTO: Procedimiento de pago especial.
Las y los docentes que no han recibido el pago ordinario de su salario, podrán solicitar un pago o depósito adelantado al Ministerio de Educación Pública (MEP). El giro de los recursos se hará efectivo por medio del sistema financiero nacional, incluyendo el sector cooperativo. El Gobierno de la República pagará a las y los docentes afectados el 70% del salario bruto correspondiente a los meses atrasados, según el siguiente procedimiento:
Las y los funcionarios deben presentarse en cualquiera de las 27 Direcciones Regionales del MEP en todo el país o en la plataforma de servicios ubicada en la antigua Escuela Porfirio Brenes, en San José, 150 metros al Oeste dela Iglesia de la Dolorosa, a partir de las 7:00 horas del 22 de mayo del 2014, para llenar y firmar un formulario o declaración, diseñado especialmente para documentar este proceso.
Deben llevar una copia de la cédula de identidad o documento de identificación, el número de su cuenta cliente, activa y en colones; así como el nombre de la entidad bancaria donde reciben su salario.
Cada caso será remitido a la Dirección de Recursos Humanos, directamente desde las Direcciones Regionales, y serán revisados y aprobados (cuando proceda) por la Dirección, en el mismo día de su recibo, siguiendo el protocolo de trabajo establecido.
Una vez validado el formulario, la Dirección de Recursos Humanos del MEP, trasladará la información a la Tesorería Nacional, quien realizará el depósitos en el transcurso del mismo día, en las cuentas de la entidad financiera, registradas a nombre de cada uno de los/las educadores/as que solicitaron el pago o depósito adelantado.
La Tesorería Nacional y los bancos no realizarán ninguna deducción al monto de pago autorizado por el MEP.
Las y los trabajadores de la educación que reciban el depósito son responsables de cancelar por su cuenta sus compromisos financieros o crediticios, así como los pagos por concepto de pensión alimenticia.
En caso de recibir una suma pagada de más, las y los docentes deberán reintegrar al dinero al Estado, de conformidad con el mecanismo administrativo y legal vigente.
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