Como lo indica el instructivo de huelga que se adjunta con este correo, la huelga es un derecho humano fundamental de todas y todos los trabajadores, sean en propiedad, interinos, estén sindicalizados o no.
Esto incluye a los compañeros agentes y auxiliares de seguridad, quienes son también trabajadores de la educación, y también se ven afectados por este motivo. El hecho de que algunos de ellos trabajen en horarios diferentes, no implica que no tengan el mimso derecho a ir a huelga, como lo hacen los demás trabajadores en el día. Como los demás trabajadores, no deben firmar ningún documento, solo indicar que se sumaron a la huelga, y no temer por represalias.
Todas las huelgas son legales en sí mismas si persiguen una causa justa y se han agotado las vías del diálogo antes (como en este caso) por lo que la única forma de aplicar el rebajo de los días en huelga, sería que el patrono demuestre en una demanda ante el tribunal de trabajo que la huelga no era justa, y que el tribunal le de la razón.
Ningún director/a tiene potestad para aplicar sanciones por ello, y si les indican eso, constituye una persecusión laboral, ya que el Código de Trabajo prohíbe claramente que un patrono intimide al patró para que no vaya a huelga.
Finalmente, la huelga actual es indefinida, o sea, empezó el lunes y aún no concluye, por lo que legalmente todas y todos los trabajadores están en huelga, sin importar su jornada laboral.
Esto incluye a los compañeros agentes y auxiliares de seguridad, quienes son también trabajadores de la educación, y también se ven afectados por este motivo. El hecho de que algunos de ellos trabajen en horarios diferentes, no implica que no tengan el mimso derecho a ir a huelga, como lo hacen los demás trabajadores en el día. Como los demás trabajadores, no deben firmar ningún documento, solo indicar que se sumaron a la huelga, y no temer por represalias.
Todas las huelgas son legales en sí mismas si persiguen una causa justa y se han agotado las vías del diálogo antes (como en este caso) por lo que la única forma de aplicar el rebajo de los días en huelga, sería que el patrono demuestre en una demanda ante el tribunal de trabajo que la huelga no era justa, y que el tribunal le de la razón.
Ningún director/a tiene potestad para aplicar sanciones por ello, y si les indican eso, constituye una persecusión laboral, ya que el Código de Trabajo prohíbe claramente que un patrono intimide al patró para que no vaya a huelga.
Finalmente, la huelga actual es indefinida, o sea, empezó el lunes y aún no concluye, por lo que legalmente todas y todos los trabajadores están en huelga, sin importar su jornada laboral.
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