viernes, 22 de junio de 2012

SEC continúa con proceso legal contra colegiatura obligatoria

Una nueva etapa transcurre en el proceso legal presentado por el SEC ante el Tribunal Contencioso Administrativo, referente a suspender la exigencia de la colegiatura como requisito para el pago de incentivos para docentes de preescolar y primaria, que a criterio de nuestro Sindicato es una solicitud sin fundamentación legal.

En febrero de 2012, el Contencioso dictó una serie de medidas cautelares, que suspendían temporalmente la aplicación de varias circulares emitidas por el Ministerio de Educación Pública, donde se condicionaba la asignación de incentivos de carrera profesional para docentes de preescolar y primaria, a cambio de estar colegiados en el Colegio de Licenciados y Profesores, COLYPRO. Sin embargo, hace algunas semanas, el Contencioso suspendió estas medidas cautelares, por lo que el SEC apeló esta decisión, para exigir la vigencia de las mismas, hasta que el tema sea resuelto definitivamente por la vía judicial.

SEC plantea a Tribunal eventual daño económico por colegiatura

En la suspensión de las medidas cautelares del Contencioso, el juez a cargo del proceso determinó que las medidas sólo tienen fundamento, si se logra demostrar el daño económico ocurrido a las y los docentes de los niveles indicados, que se vieran forzados a colegiarse por las directrices emanadas por el MEP.

En la apelación presentada sobre el tema al Tribunal, se plantea que "el daño patrimonial grave si bien tiene  tiene relación con el pago de una cuota de cinco mil colones, más treinta mil colones de gastos, de incorporación, el peligro más grave al que están expuestos es dejar de ejercer el cargo por el hecho de no cumplir con la solicitud de incorporarse cuando legalrnente no lo están, con ia consecuencia económica que ello implicaría a nivel personal y familiar. Pretender que para dictar una la medida cautelar, hay que esperar a que el hecho ocurra, es decir a que las promoventes se les impida ejercer el cargo y que dejen de devengar su salario, es ilógico y es precisamente lo que se quiere impedir al haberlas solicitado desde ya."

La apelación ahonda el tema, al señalar que "si no se acoge la medida cautelar, tendrán que acudir a incorporarse a efecto de no verse afectadas laboral y económicamente mientras se dicta sentencia de fondo. De ahí que no se entiende cómo es que se rechaza por falta de comprobación del daño patrimonial, si a la fecha lo que se quiere evitar es precisamente que el daño ocurra si llegaren a cesar en el cargo y dejar de percibir su salario Se trata de un daño potencial, no actual como lo interpreta el juez resolutor."

Lo que demuestra este planteamiento, es que la exigencia de la colegiatura constituye en sí misma una lesión económica para las y los docentes, quienes no sólo tendrían que destinar parte de su salario al pago de una colegiatura, sino que en caso de no hacerlo, se puede perder el incentivo profesional y hasta peligra la estabilidad laboral, motivo por el cual es urgente aplicar medidas cautelares hasta que el tema sea resuelto en juicio.

Sindicato rechaza exigencia de colegiarse para recibir incentivo que siempre se ha otorgado


Otro de los ejes de la apelación presentada al Contencioso, es que se pretende exigir a las y los docentes de preescolar y primaria un requisito adicional como la colegiatura, para el pago de incentivos que ya se percibían en el pasado.

"Debe tenerse muy claro que lo que se discute a favor de las promoventes, es el hecho de obligarlas a incorporarse para ocupar un cargo que siempre han ocupado y devengar un plus salarial que también han devengado por su formación, sin que sea cierto que la formación va relacionada con un deber de incorporación pues la misma norma del Servicio Civil señala que la incorporación se exigirá en el tanto exista entidad y así sea requerido, lo que significa que este tipo de plus salarial pueden cancelarse aún si una ley no exige la incorporación de quienes optan por elevar su formación.

Proceso sobre colegiatura sólo quedará en firme hasta que se dicte sentencia

Este paso dado por el SEC en la denuncia ante el Tribunal Contencioso, constituye apenas una etapa más en un proceso legal que sólo estará resuelto oficialmente, hasta que un Tribunal dicte sentencia en firme sobre el tema.

Ante ello, es importante aclarar a nuestra afiliación, que los resultados que se obtengan en esta etapa del proceso no serán los definitivos, debido a que la última palabra la tendrán los jueces, quienes deberán determinar con una sentencia, si efectivamente la ley no exige la colegiatura para el pago de los pluses salariales, criterio que el SEC defiende con base en la interpretación de la misma Ley fundamental del COLYPRO.

A criterio del SEC, la Ley que rige al COLYPRO sólo contempla la colegiatura de docentes de secundaria, así como de directores de centros educativos, quienes pertenecen a dicho cuerpo colegiado en función de la categoría profesional que ostentan.

Sin embargo, la aplicación de esta exigencia para preescolar y primaria no está contemplada en la legislación vigente. Esta es la base del proceso de denuncia presentado por el SEC, y sobre el cual seguiremos informando a nuestra afiliación en próximas ediciones.
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