Ante las consultas realizadas al SEC sobre los rebajos en el Salario escolar que se paga a las y los trabajadores de la educación, aclaramos que las rebajas que se pueden aplicar en el salario escolar, solamente son las correspondientes al aporte que brinda cada trabajador/a al Seguro Social (IVM, Enfermedad y Maternidad, Ley de Protección al Trabajador), que son los rebajos que se aplican normalmente todos los meses por cargas sociales; además se pueden aplicar los rebajos por afiliación a organizaciones. Ambos rebajos se deben a que el Salario escolar es parte del salario corriente compuesto por porcentajes rebajados cada mes (8,19% mensual), por lo que no implican un doble pago.
Ahora bien. No se pueden aplicar rebajas ni por créditos y préstamos bancarios, ni por pago del Impuesto sobre la Renta. Si recibió su salario escolar y tiene dudas sobre el monto rebajado, o si este excede los desgloses citados antes, envíenos sus datos al correo legal@seccr.com o a este correo.
La información sobre los desgloses de los rebajos aplicados se podrá consultar a partir de la próxima semana.
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