La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional comenzó a aplicar el fallo de la Sala Constitucional que ordena mantener los derechos de pensión a los viudos que vuelvan a contraer matrimonio.
Una vez recibida la notificación por parte de la Sala IV, la directiva de la Junta de Pensiones giró instrucciones para acatar el fallo que declaró inconstitucional la norma legal que impedía a los viudos gozar de los derechos sucesorios en caso de volver a casarse.
Para los efectos anteriores, se aplicarán los plazos de caducidad y de prescripción conforme lo dispone la Ley de Pensiones del Magisterio Nacional.
El plazo para solicitar el derecho, concluye el 27 de septiembre de 2020 y las diferencias dejadas de percibir desde el momento de la exclusión, vencerán el 27 de septiembre de 2011, lo que significa que después de esa fecha, se dará un año de retroactividad a partir de la solicitud.
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