martes, 14 de agosto de 2012

Maternidad, lactancia y derechos contemplados en la Convención Colectiva SEC-SITRACOME

Amamantar y criar a sus hijos e hijas, un derecho de toda mujer

Mensaje en celebración del Día de la Madre

Muchas trabajadoras y trabajadores anhelan formar una familia. Sin embargo, las mujeres y sus familias enfrentan un período vulnerable durante el embarazo y la lactancia. Necesitan una protección especial para prevenir perjuicios en su salud y la de sus hijos e hijas. Requieren tiempo suficiente para dar a luz, restablecerse y cuidar a sus bebés. Adicionalmente, urgen de medidas de protección que les garanticen que no perderán su puesto de trabajo, por causa de la ausencia durante el embarazo y la maternidad.


Como respuesta a estas necesidades de las mujeres trabajadoras de la educación y sus familias, la Convención Colectiva propuesta por SEC y SITRACOME, contempla  ampliar la licencia por maternidad hasta 24 meses. Se trata de una solución basada en una propuesta técnica y científica, que se adecuará a las condiciones de las distintas regiones del país.


Otra solución es la contratación de las trabajadoras madres en lugares cercanos a los centros de trabajo. Quienes laboran en escuelas unidocentes o centros educativos de difícil acceso, debe trasladarse a lugares lejanos y de alto riesgo. No es lo mismo trabajar en un centro de ciudad, que en una finca bananera a decenas de kilómetros del hogar, o en una región indígena ubicada a dos días de camino a pie desde centro de población más cercano.


No puede descontextualizarse la realidad aquí referida, por lo que deben buscarse alternativas para asegurar los derechos de maternidad del niño y de su madre. Estas relaciones son insustituibles, si queremos generaciones de niños y niñas felices, inteligentes, sanos, tanto física como mentalmente.


La lactancia materna es la forma ideal de aportar a los niños pequeños los nutrientes que necesitan para un crecimiento y desarrollo saludables. Sin embargo, menos del 40% de los niños de cero a seis meses de vida son amamantados exclusivamente con leche materna. La OMS fomenta la lactancia materna como la mejor fuente de nutrientes para los lactantes y niños pequeños: recomienda la alimentación con calostro (la leche amarillenta y espesa que se produce al final del embarazo) como el alimento perfecto para el recién nacido, y su administración debe comenzar en la primera hora de vida. Además, recomienda la lactancia exclusivamente materna durante los primeros 6 meses y combinada con otros alimentos por lo menos por 24 meses.


Nuestra Convención Colectiva viene a regular otro aspecto novedoso y que las leyes costarricenses han obviado. Los derechos de los padres de familia a una licencia por paternidad, materia que forma parte hace mucho tiempo de la legislación laboral en los países desarrollados.

Este tipo de protección propuesta por la convención colectiva, garantiza no sólo igualdad de oportunidades de acceso al trabajo, asegura además una continuidad de un ingreso que con frecuencia es vital para el bienestar de toda la familia.


El Convenio 183 de la OIT, vincula legalmente a los países que lo han ratificado, a poner a disposición estructuras para la lactancia materna en el lugar de trabajo o cerca del mismo, así como permitir "una o varias interrupciones por día o a una reducción diaria del tiempo de trabajo para la lactancia de su hijo."


En este sentido, no puede el Ministerio de Educación Pública, ni el Estado costarricense obviar su responsabilidad frente a las trabajadoras y sus familias, aduciendo costos económicos. La vida humana es invaluable. Los efectos sociales de no proteger adecuadamente la maternidad, resultan más perjudiciales para la sociedad y nuestro país, que cualquier esfuerzo económico que sea necesario realizar para proteger este derecho.

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