Con el propósito de cumplir con lo ordenado en la Resolución N° 2010-013543 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y con el fin de
equiparar el registro de elegibles existente de los servidores cubiertos por el artículo 15 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, producto del Concurso 01-05 efectuado en el mes de julio del 2005, con relación al proceso extraordinario efectuado en el año 2009, se recibirán únicamente aquellos documentos que demuestren la experiencia especifica relacionada con la clase de puesto en la que se encuentra elegibles, a partir del mes de julio del 2005 y hasta el 01 de julio del 2009, de los servidores que se encuentren elegibles producto de dicho concurso, lo anterior para las clases de puestos a saber: Misceláneo de Servicio Civil 1 Especialidad Servicios Básicos, Conserje de Centro Educativo Especialidad Servicios Básicos, Misceláneo de Servicio Civil 2 Especialidad Atención a Menores, Trabajador Calificado de Servicio Civil 1 Especialidad Operador de Maquinas Reproductoras, Conductor de Servicio Civil 1 y Cocinero sin Especialidad.
La recepción de ofertas de servicio se realizará en el Segundo piso del Instituto Uladislao Gámez Antiguo Centro Nacional de Didáctica (CENADI), detrás del Centro Comercial El Pueblo, frente a las oficinas de RECOPE, San Francisco, Goicoechea, San José, el día 01 de junio del 2011, en horario de 8:00 a.m a 3:00 p.m., como única fecha para esta recepción.
Los servidores podrán accesar la lista en la dirección de correo electrónico www.mep.go.cr en caso de encontrarse en ella deberán presentar los siguientes documentos:
- Original y copia de la cédula de identidad.
- Original y copia de las Certificaciones de Experiencia, las cuales deben indicar lo siguiente: nombre completo del funcionario, número de cédula de identidad o de residencia, lugar de trabajo, clase de puesto y especialidad, descripción detallada de las funciones desempeñadas, fecha de rige y vence del nombramiento, jornada de trabajo y horario, calificación obtenida y firma del jefe del Departamento o Dirección respectiva, donde la obtuvo; en el caso de los funcionarios que hayan desempeñado funciones en Centros Educativos, la certificación deberá venir además suscrita por el Director de la Institución con el visto bueno del Supervisor de Educación.
- En los casos en que los servidores deseen acogerse a la Ley 8220, se aplicará el articulo No. 45 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil (…"Es
responsabilidad exclusiva del servidor aportar los documentos y atestados que permitan loa actualización del expediente personal que lleva la respectiva oficina de Recursos el cual será la base para los distintos trámites"…), por lo que para efectos de la calificación solo se consideran los documentos que se encuentren contenidos en dicho expediente, al momento de actualizar su experiencia especifica relacionada con la clase de puesto en la que se encuentra elegible, en dicho concurso.
- En el caso de que el funcionario presente alguna discapacidad deberá presentar un Documento Medico que lo demuestre; lo anterior se encuentra regulado en la Ley 7600 denominada "Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad"
Disposiciones Finales:
Para efectos de este proceso SÓLO PODRÁN PARTICIPAR AQUELLOS SERVIDORES QUE PARTICIPARON EN EL CONCURSO 01-05, EFECTUADO EN EL AÑO 2005 Y QUE OBTUVIERON UNA CALIFICACIÓN SUPERIOR A 70. Los servidores que no participen en este proceso, se les mantendrá la nota con la que se encuentra elegibles en el concurso 01-05.
Es necesario adjuntar la certificación de experiencia especifica relacionada con la clase de puesto en la que se encuentra elegible, en caso de que los servidores hayan laborada en otras instituciones; ya que la experiencia que se encuentra en los registros internos de este Ministerio ya fue contemplada.
No se contemplarán certificaciones de experiencia que no indiquen claramente la clase de puesto, fecha de ingreso y salida, horario, calificación obtenida y firma del jefe del Departamento o Dirección respectiva así como la ubicación física dentro de la estructura del Ministerio de Educación Pública u otras instituciones.
Finalizado este proceso no se recibirán ningún documento adicional.
La lista con los nombres de los funcionarios que deberán entregar documentación estará disponible en la pagina de este Ministerio www.mep.go.cr, o podrá realizar las consultas al correo electrónico reclutamiento.articulo.15@mep.go.cr mismo que estará habilitado únicamente durante este proceso de Recepción de Documentos (por tanto es exclusivamente para consultas propias del mismo), finalmente también se podrá consultar al teléfono 22572868 de la Unidad de Reclutamiento y Selección, del Departamento de Planificación y Promoción del Recurso Humano del Ministerio de
Educación y en la Dirección Regional de Educación respectiva.
La solicitud de actualización de experiencia que contengan errores u omisiones que impidan su trámite, serán desechadas sin responsabilidad para éste Departamento.
Fuente: MEP
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