miércoles, 28 de abril de 2010

Versión actualizada de la postura del SEC ante el Proyecto de Ley de Relación Pública de Servicio

GOBIERNO PROPONE PROYECTO DE LEY QUE ELIMINA DERECHOS A TRABAJADORES PÚBLICOS

Luego de analizar el proyecto 17.628 de Ley General de Relación Pública de Servicio, gestado por el Poder Ejecutivo, la CTRN y el SEC previenen al Magisterio Nacional y demás empleados públicos sobre las serias implicaciones de este proyecto para la estabilidad laboral de las y los trabajadores y la continuidad de los servicios de la administración pública. Algunos aspectos nocivos son los siguientes:

Salario
- Aplica el sistema de salario total único que se fija anualmente, y comprende un pago mensual y un pago doble mensual en diciembre. Desde 1997 el Estado ha tratado de aplicarlo sin éxito, sin embargo, hoy lo quiere aplicar por ley. Perderíamos los pluses salariales, entre ellos la dedicación exclusiva, la prohibición, anualidades, horario alterno, recargos, aguinaldo, incentivo didáctico, carrera profesional, zonaje y zona de menor desarrollo. Se cierra la posibilidad de negociar cualquier incremento por falta de contenido presupuestario.

- Podrá convenirse con el servidor reducir temporalmente su jornada de trabajo y la remuneración.

Interinos
- El personal interino se nombraría por semestre, con un plazo máximo de 1 año. Improrrogable. Además de que pueden ser cesados por la vía rápida.

Marco jurídico
- En algunos aspectos elimina la aplicación del Código de Trabajo, de la Ley de Seguro Social y el Estatuto de Servicio Civil.

- Insistentemente se promueve la creación de sociedades anónimas en el sector público.

- La Dirección General del Servicio Civil pasa a ser un órgano adscrito al Ministerio de Hacienda.

Cesantía
- Solamente las personas servidoras en propiedad y no los interinos, tienen derecho al auxilio de cesantía cuando sean cesados por reestructuración.

Reubicaciones
- Las y los servidores podrán ser trasladados o reubicados. No obstante, si el cambio de lugar le causare graves perjuicios comprobados y éste se opusiere, podrá renunciar con derecho al pago del auxilio de cesantía.

- Los traslados o reubicaciones podrán ser voluntarias o forzosas.

- Cuando un trabajador o trabajadoras es trasladado con otro patrono, la plaza que ocupaba se congela por un plazo de 2 años.

- En los casos en que la reorganización implique un descenso en la categoría salarial, se indemnizará proporcionalmente, sin perjuicio de que el servidor pueda renunciar.

Contrato laboral
- El patrono tiene amplias potestades para cambiar las condiciones del contrato laboral.

- Unilateralmente se podría poner término a la relación laboral.

- Finaliza la relación laboral si la servidora o el servidor es incapacitado, total y permanentemente y esto le impide ejecutar su labor asignada y no pudiere ser reubicado. O cuando se desempeñe en funciones que sean suprimidas.

- Se promociona el teletrabajo.

- Denuncias anónimas. Cualquiera puede denunciar supuestas faltas de las y los servidores, y la Administración podrá darles trámite, sin estar obligada a identificar las fuentes, lo que violenta el derecho a la defensa que contemple el debido proceso.

Convenciones y derechos
- Los derechos adquiridos que sean mayores a los que establece la ley, continuarán aplicándose únicamente a los actuales servidores, por un período de cinco años improrrogable.

- Las convenciones colectivas y otros convenios similares vigentes continuarán rigiendo únicamente por un año más, improrrogable.

Evaluaciones y pruebas
- Se amplía el período de prueba a seis meses, respecto de todo ingreso en propiedad o ascenso. Sin embargo, el servidor deberá someterse a una evaluación de su trabajo para reafirmarse en el puesto.

- Algunos servidores estarán obligados a someterse a evaluación periódica de su idoneidad.

- La continuidad en el puesto de trabajo obtenido por concurso, quedará vinculada a la evaluación del desempeño.

Nuestra posición:

En vista de la situación tan difícil que se le presenta al trabajador y la trabajadora del sector público, la CTRN y el SEC hacemos un llamado a la Asamblea Legislativa para que no apruebe este proyecto de ley.

Todos los eventuales afectados,debemos estar dispuestos a dar la lucha a capa y espada para evitar que se convierta en ley y afecte nuestra estabilidad laboral y familiar.

Gilberth Díaz Vásquez
Presidente del SEC


Marvin Rodríguez Cordero
Secretario General del SEC


Jorge Luis Solís García
Secretario de Relaciones Públicas SEC


Rodrigo Aguilar Arce
Presidente de la CTRN


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2 comentarios:

  1. Señores del SEC, y con esto que creen ustedes que están haciendo. Creen acaso que la Asamblea Legislativa ya está temblando por sus declaraciones. Sean más combativos. Este es uno más de los desaciertos de ustedes. Es lamentable su actitud.

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  2. mi pregunta es porque el SEC todo el tiempo espera a que ya no se pueda hacer mucho para tomar una posición activa en los problemas; piensen que talvez esa posición es lo que ha hecho que muchos educadores y educadoras pierdan la confianza los gremios que nos "apoyan" y "defienden" y cuando convocan a un movimiento ya no se suman
    HAGAN LAS COSAS AHORA QUE SE PUEDE Y NO CUANDO TODO ESTE HABLADO Y GESTIOANDO HACIENDO QUE UNA VEZ MAS NOSOTROS DIGAMOS NO NOS QUEDA MÁS QUE RECIBIR LAS SOBRAS O NO HAY TRABAJO QUE DE PASO NECESITAMOS

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