miércoles, 4 de julio de 2012

Posición del SEC con respecto al Proyecto N°18435 “Ley para el manejo de las finanzas públicas”

26 de junio 2012

 

 

Señores

Comisión de Asuntos Hacendarios

Asamblea Legislativa

S.O.

 

 

Estimados señores:

Reciban un cordial saludo del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense, SEC.

 

Con detenimiento hemos analizado el proyecto de "Ley para el manejo de las finanzas públicas" , expediente 18435, el cual nos ha generado diversas inquietudes, en torno al desarrollo del país y los derechos laborales presentes y futuros de las y los trabajadores.

No se puede desconocer que en nuestro país existe un problema fiscal, éste se ha derivado de las pésimas administraciones de los gobiernos anteriores y principalmente del Gobierno del señor Oscar Arias, el cual utilizó algunas instituciones públicas para disminuir la tasa de desempleo y además incrementó gastos en programas, sin que se contara con los recursos sanos para su financiamiento, todo ello provocó que se comprometiera las finanzas públicas para los próximos años, llevando al país a un estado económico similar a lo que ha ocurrido en algunos otros países de Europa y América Latina.

No es de aceptación que el Gobierno de doña Laura proponga primero un Plan Fiscal y luego un proyecto de ley conocido como "Plan b", sin una estrategia para disminuir los presupuestos públicos, principalmente porque apenas un 6% del presupuesto se destina a inversión, el resto es gasto corriente en salarios, viajes, consultorías, horas extras y otros.

En la última década, los costarricenses hemos visto como se han incrementado planillas en el sector público, fundamentado únicamente en que haya más empleo, pero no hemos visto ni mejoría en los servicios existentes ni que se amplíen los que ya se brindan. Todo lo contrario, hay instituciones que se dedican a lo mismo sin que exista una verdadera planificación de gestión integral.

La inoperancia e ineficiencia se puede ejemplificar, un problema con una platina en un puente todavía no está del todo resuelta, las consultorías que se pagaron con fondos del BCIE no le dejaron valor agregado al país, los problemas que hubo con ALCATEL, con el préstamo finlandés a la CCSS, y todavía de data más reciente los actos de corrupción de la famosa trocha o vía 1856.

El  Gobierno necesita obtener  recursos para financiar la deuda pública, la cual se encuentra concentrada en una proporción mayor del 65% de bonos, ya se ha visto que los esfuerzos que ha hecho el Gobierno para obtener recursos lo ha llevado a proponer que nos endeudemos en el exterior, por un monto de cuatro mil millones de dólares en diez años, si estos recursos son utilizados únicamente para cubrir gasto corriente, volveríamos a los años ochentas pagándose un costo muy elevado y dejando al país económicamente comprometido, esta irresponsabilidad tendría que ser honrada por los futuros gobiernos, pasando la factura a los trabajadores.

Creemos que deben buscarse los espacios y las soluciones donde todos pongamos de nuestra parte,  y no que sea el pueblo el que deba pagar una factura de la cual nunca tuvo opción de decidir si era esa la deuda que quería.

Los números son elocuentes, en cuestión de 3 años el resultado financiero del Gobierno central pasó de un superávit de 0,6% del PIB en 2008 a un déficit de 5,2% del PIB en el 2011. Lo que nos pone de manifiesto que es inevitable una futura crisis de endeudamiento, afectando gravemente tanto al sector privado como al público.

Ante esta situación, en días anteriores el Gobierno de la Republica anunció su llamado "Plan B", el cual consiste en dos medidas: la primera es la modificación de la lista de mercancías exentas contenidas en el subinciso I del inciso 1) del artículo 5 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas,  Decreto Ejecutivo No. 14082-H del 29 de noviembre de 1982 y sus reformas, para eliminar de la exención del impuesto a varios artículos considerados como de lujo;  Decreto Ejecutivo N° 37073-H (algunas exenciones eliminadas son al lomito de res y de cerdo, el lomo de res y de cerdo, el T-bone, el Delmónico, el Sirloin, el Salmón, Arroz de paella, Risotto, los camarones, la langosta, las ostras, el kiwi, los duraznos, las ciruelas, las cerezas, los melocotones y el agua en botella de manantial y ya está en vigencia.

 

La segunda medida es enviar a trámite legislativo la llamada "Ley para el manejo eficiente de las finanzas públicas"; la cual se justifica en que la mayoría de los gastos (89% del presupuesto del 2012) se deben a obligaciones ineludibles como son los gastos en remuneraciones, intereses, pensiones y otras transferencias corrientes; que no tienen espacios para recortes. La propuesta se enfoca en generar ingresos no tributarios y en medidas que le den mayor control del gasto al Poder Ejecutivo.

 

Entre estas medidas se encuentran mejorar el control y fiscalización del sector público, aprovechamiento de economías de escala en la provisión de servicios administrativos a entidades desconcentradas, el congelamiento temporal de salario y pensiones con cargo al presupuesto en los deciles superiores de la administración pública, lo que se propone congelar, cuando excedan 3 millones de colones mensuales, los salarios del sector público y las pensiones con cargo al presupuesto, además de establecer una regla fiscal que ponga un techo al crecimiento del gasto corriente.

 

Al respecto podemos decir que:

 

1.- Autorizar el traslado de recursos del resto del sector público al Gobierno central.  El proyecto autoriza a las entidades públicas para que trasladen los superávits libres del período al Gobierno central.  Además, establece la obligación de un conjunto de empresas públicas en régimen de competencia de transferir al Gobierno central un 25% de sus utilidades.  Los bancos estatales se excluyen de esta obligación por cuanto las leyes actuales ya los obligan a transferir un monto mayor que este a otras instituciones públicas. 

Esta medida encierra un gran riesgo, ya que puede haber instituciones ineficientes que no utilicen los recursos en forma efectiva, lo que haría que se presenten superávit sacrificando a los clientes o usuarios de instituciones de carácter social como IMAS, BANHVI, entre otras.

Además, esta acción es a título gratuito y sin posibilidad de regreso y con tal de generar superávit, las instituciones se ven limitadas en sus perspectivas de inversión para un mejor servicio al usuario y en el crecimiento institucional en general.    

2.- Autorizar a las entidades públicas para que cobren por los servicios divisibles que proveen.  Estos son servicios cuyo consumo individual se puede determinar y controlar, e incluyen servicios como los de formación y asesoría, alquiler de locales e infraestructura, y venta de publicaciones. Esto permitirá a cada una de estas entidades obtener mayores ingresos al tiempo que disminuyen su dependencia de las transferencias del Gobierno central. 

Es claro que de forma solapada se pretende la "privatización" de servicios públicos, este apartado es tan riesgoso que el espectro de los servicios divisibles puede abarcar la gran mayoría de los servicios, por los cuales los costarricenses pagamos vía transferencia de impuestos.

Dentro de esta misma lógica, la Contraloría General de la República y las superintendencias de entidades financieras, de valores y de pensiones se financiarán por completo mediante el pago de un canon por parte de los fiscalizados y supervisados, de los servicios que brindan. Ese costo se trasladará al usuario, encareciendo el servicio. 

Este canon del que se habla es del 0,11% de los presupuestos aprobados de las instituciones, en el caso del Magisterio Nacional la Junta de Pensiones debería pagar dicho canon, el cual se sumaría al que ya paga a la SUPEN que es igual al 1.23%, lo cual se considera injusto pues es un doble pago.

Los recursos que se recauden de esa forma, gradualmente se irán incrementando para financiar gastos operativos y el pago de la planilla. Esto no es otra cosa que desconcentración y liberación de obligaciones al Estado.

 

¿Qué sucede si en un momento determinado los ingresos no son suficientes para cubrir ambos rubros?.

 

Nos preocupa también el hecho de que puede haber diferencia entre los salarios de los trabajadores cuando los servicios de una institución son más rentables que los de otra.

3.- Este proyecto de ley también busca mejoras en el control presupuestario y en la fiscalización de las entidades públicas.  Para ello, se apoya en el artículo 26 de la Ley General de la Administración Pública, que establece como una de las atribuciones exclusivas de quien ejerce la Presidencia de la República, dirigir y coordinar las tareas de Gobierno y de la Administración Pública central en su total conjunto, y hacer lo propio con la Administración Pública descentralizada.  En el capítulo III se incorporan medidas de fiscalización, que permiten dar cumplimiento a este mandato.  Así, se establece la obligación para las entidades públicas y órganos del Estado, de entregar información económica y financiera al Ministerio de Hacienda, la Autoridad Presupuestaria, a la Contraloría General de la República, al Banco Central de Costa Rica y a diversos órganos reguladores, con el fin de contar con información de primera mano, que permita conocer el estado de la situación y tomar las decisiones que sean pertinentes, consistente con el principio de Estado unitario.

Si bien es cierto, compartimos la gestión transparente y la rendición de cuentas, sentimos que es absurdo que se le obligue a una institución como la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (Junta) a entregar información al Ministerio de Hacienda, la Autoridad Presupuestaria, al Banco Central de Costa Rica y a diversos órganos reguladores, si estamos regulados y supervisados por la SUPEN y sujetos a la Contraloría.

En adición, el proyecto establece lineamientos que debe seguir la Contraloría General de la República para la aprobación o no del presupuesto de las instituciones del resto del sector público.  Estos lineamientos incluyen verificar, entre otros, que el gasto corriente se financie con ingresos corrientes, que el financiamiento sea consistente con la capacidad de endeudamiento de la institución y que el presupuesto esté vinculado al Plan Nacional de Desarrollo.

De este apartado resulta que las instituciones, principalmente aquellas que como la Junta, que contaban con alguna autonomía en su gestión y política administrativa, pierda ese derecho y deba sujetarse a lo que establece el Plan Nacional de Desarrollo, el cual a la vez resulta improcedente en la medida en que las instituciones deban trasladar un 25% de sus utilidades, pues algunas podrían ver disminuidos sus presupuestos con el fin de hacerlas superavitarias.

4.- El proyecto fortalece además la capacidad de dirección del Poder Ejecutivo y de fiscalización del Estado al ampliar el ámbito de aplicación de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N.º8131, para incluir varias instituciones autónomas que actualmente están excluidas de su regulación.

La ampliación a la que se refiere, obliga a instituciones públicas no Estatales, como la Junta, a estar sujeta a la Ley 8131, la cual puede poner en jaque la sostenibilidad del Régimen de Pensiones de Capitalización Colectiva.

Esta ampliación del alcance de los lineamientos y directrices de política presupuestaria, contiene un aspecto relevante, y es que se preceptúa que la propuesta de lineamientos variará en función de los tipos y naturaleza de las entidades y órganos públicos a quienes vayan dirigidos, con lo que se pretende que el afán de fortalecer la capacidad de dirección y fiscalización del Estado, no altere o afecte el logro del fin público que fundamenta la creación de cada ente público.

Aun así se estima que se pone en riesgo la autonomía de algunas instituciones como la Junta de Pensiones o la misma CCSS, en función de obtener recursos.

5.- Este proyecto busca además economías de escala en la provisión de servicios administrativos a las entidades desconcentradas.  Previo estudio del ministerio, la entidad desconcentrada en cuestión y el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, las funciones administrativas de una entidad desconcentrada podrán trasladarse al ministerio al que ésta está adscrita, siempre que esto se considere viable y eficiente.  Esto debería permitirle a la entidad desconcentrada liberar recursos aún cuando deba pagar por los servicios administrativos que le provee el ente mayor.

6.- El proyecto además establece una regla fiscal que limita el crecimiento en el gasto corriente, pero que a la vez considera la posibilidad de apartarse de ella ante situaciones económicas excepcionales, previa justificación ante la Asamblea Legislativa.

Otra vez esto tiene que ver con la autonomía o políticas de crecimiento o desarrollo de la institución, para muchas instituciones esto iría en detrimento y buen servicio que puedan brindar a los usuarios, además de que introduce un tercero que es la Asamblea Legislativa haciendo más complicado y poco viable el proceso.

7.- La creación de incentivos salariales condicionada a la reserva de ley, condenaría toda posibilidad de acuerdos directos entre los trabajadores y los jerarcas del Ministerio correspondiente, además, no se haría efectivo el acuerdo hasta que no sea aprobado en la Asamblea Legislativa. Ya sabemos que algunas iniciativas desde que ingresan al Congreso nacen muertas, ya sea por intereses políticos, como por maniobras de diversos tipos.

 
8.- En cuanto a la Autoridad Presupuestaria, se le amplían las potestades en materia de salarios y empleo. Ello en una clara violación de los artículos 191 y 192 de la Constitución Política, que establecen que el Servicio Civil es el ente rector en estas materias.

9.- El proyecto incluye medidas temporales para el control del gasto.  En particular, se propone disminuir el aporte del Estado a la deuda política para las elecciones nacionales de 2014, reduciéndolo de 0,19% del PIB a 0,08% del PIB.  Además, se propone congelar, cuando excedan 3 millones de colones mensuales, los salarios del sector público y las pensiones con cargo al presupuesto. 

Después de los acontecimientos que han salido a la luz pública sobre las deudas políticas, pareciera que lo más razonable es que exista un mejor control de la utilización de estos recursos públicos, en todo caso si esa disminución no amenaza la institucionalidad democrática de este país, no habría razón porque oponerse. Lo que parece que no se ajusta a un principio de justicia y equidad, es disminuir el poder adquisitivo de las pensiones mayores de tres millones, aparte de que el ahorro que se tendría durante los dos años de aplicación en las pensiones del Magisterio Nacional es de ¢274, 755,971.50, lo cual no resuelve nada, puede más bien perjudicar el nivel de vida de pensionados que optaron por la pensión a sabiendas que cada semestre contarían con un ajuste, al estar la suerte echada y modificar el perfil de camino va en contra los principios básicos de la seguridad social.

Aparte de que la recaudación es mínima, se entromete con las autonomías de aquellas instituciones que ni tan siquiera son financiadas con transferencias de recursos públicos, como se ha mencionado en el caso de la Junta de Pensiones del Magisterio. Además, que pretende que instituciones públicas  sean autosuficientes por el cobro de sus servicios, lo que se traduce en una "privatización" de tales instituciones. Perjudica personas que por razón de ser pensionados, les reduce en términos reales sus montos de pensiones, atentando contra los principios básicos de la seguridad social.

Por último, estamos todos los costarricenses a la espera de que se nos digan cuáles son las medidas que va tomar el Gobierno para la disminución del gasto público y además que garantice que a futuro sean sostenibles.

 

En síntesis podemos afirmar que no compartimos desde ningún punto de vista este proyecto, principalmente porque no es claro y conciso. Deja mucho margen de holgura para su interpretación y así perjudicar a la mayoría de los costarricenses.

Cordialmente;

 

Gilberth Díaz Vásquez                 Marvin Rodríguez Cordero

                             Presidente SEC                                   Secretario General

1 comentario:

  1. A mi me parece que un pensionado casi nunca revisa los desgloces de su pensión, pues un gran porcentaje de ellos, incluyéndome, nos ocupamos de muchas cosas que antes, por el trabajo, no se pudieron hacer y se dejan de lado acciones que deberían ser del gran interés nuestro, puesto que en una gran mayoría, la pensión que tenemos es la única entrada económica, para el pensionado y muchas veces para su familia.
    Con mucha pena me he entero, que mi salario está defalcado en más de un diezmo, que va a dar a las arcas de Hacienda. Qué tristeza, justo esos casi 95 mil colones es lo que necesito para hacer un préstamo par que mi hija termine de estudiar Medicina. No por gusto está en una privada, donde los precios por estudiar lo que se desea, son muy altos. Y aunque esto se convirtió en una queja y no un simple comentario, otro dolor que produce el desgloce de un salario de pensionado es el aporte que se le tiene que hacer a la CCSS. Porque si es justo que le aportemos, claro, quizá se necesite, y en más de una ocasión, mucho más que acetaminofén, más cuando ya somos PAM. Pero, es increíble que no se pueda asegurar con muestro aprorte casi a nadie. Si los hijos no tienen trabajo, no se pueden cubrir con este aporte..., aunque sean costarricenses. Y qué decir de si se tiene una segunda opción de pensión como la de BNVital. ¡También hay que pagarle un aporte a Hacienda, aunque la Pensión del Magisterio sea la única entrada, es decir, que ya se le pagó a Hacienda por el salario y un BNVital, en el caso mío y de muchas otras personas, sólo se puede pagar de la pensión, y se debe volver a pagar sobre lo pagado. Eso entendí una vez que quice sacar parte de mi aporte en esa modalidad de ajuste de pensión. Por eso cuando lo saque, lo haré del todo para no pasar por tantas molestias como las que pasé hace unos 3 años...
    Volviendoi a lo del Artículo 70, ciertamente, debe ser modificado. Los dineros de las pensiones de hasta 2.5 millones de colones deben ser tratadas en forma diferente. Considero que cada jefe de hogar debería disponer de un salario de ese tamaño paara solventar todos los problemas económicos que se están enfrentando en la actualidad. Quienes tengan más de esa cantidad quizá salgan adelante más fácilmente que alguien que gane un poquillo más de 600mil colones/mes.Qué lastima que las estadísticas no tengan sentimientos, ni pennsamientos nobles, especialmente cuando de agarrar por el cuello se trate, sin mirar cuanta necesidad hay en los hogares de las clases escalonadas hacia abajo de los países pobres. Me parece que lo de ¿Por qué no comen pasteles? sigue siendo la realidad más cruda que se puede dar entre los dirigentes de los gobiernos de los países y sus habitantes, pues no hay correspondencia entre las obligaciones de estos últimos y las decisiones que para cumplirlas, tomen, precisamente quienes realmente sí pueden vivir despreocupadamente. Ojalá el corazón de estos levantaleyes, sea tocado igual que fue tocado el de SAQUEO; razones lógicas y justas hay para qwue se vuelva a dar el mismo fenómeno. Pero no esperen que se les devuelva 4 veces lo que se ha perdido, con una vez, es suficiente para cualquier justo.

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