sábado, 25 de diciembre de 2010

Gobierno publica decreto para otorgar propiedad a servidores del Título I del Servicio Civil (Conserjes, oficinistas, agentes de seguridad y vigilancia y profesionales)

Gobierno publica decreto para otorgar propiedad a servidores del Título I del Servicio Civil (Conserjes, oficinistas, agentes de seguridad y vigilancia y profesionales) que se encuentren en el registro de elegibles y que hayan acumulado dos o más años de nombramiento interino continuo al servicio del Estado en puestos vacantes del Régimen de Servicio Civil.

De acuerdo con el artículo 11 del Reglamento de Estatuto del Servicio Civil, se exceptúan los puestos propiamente docentes.

 

 DECRETO EJECUTIVO No. 36320-MP-MTSS

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y LA MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), 146, 191 y 192 de la Constitución Política; 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 de la Ley General de la Administración Pública, el "Estatuto de Servicio Civil" y su Reglamento.

Considerando

I.- Que el Poder Ejecutivo estima necesario resolver el problema de los funcionarios interinos nombrados en puestos vacantes, cuya situación es inconveniente desde el punto de vista de sus derechos laborales y además altamente ineficientes para la administración. Que esta solución no implica la creación de nuevas plazas o de nuevos recursos y se mantiene dentro de las medidas de austeridad que el Gobierno de la República ha anunciado como parte de las restricciones en materia fiscal.

II.- Que de conformidad con el artículo 21 del Estatuto del Servicio Civil, la selección de los candidatos para ocupar puestos en propiedad en las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil corresponde a la Dirección General de Servicio Civil.

III.- Que el artículo 15 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil establece que los concursos para puestos que por la naturaleza de sus funciones requieren esencialmente destreza manual, fuerza física o el dominio de un oficio mecánico pueden ser tramitados en los ministerios e instituciones donde se produce la vacante.

IV.- Que con fundamento en el numeral 192 de la Constitución Política, así como en la jurisprudencia que lo informa, los nombramientos en el sector público deben hacerse a base de "idoneidad comprobada".

V.- Que a pesar de que la provisionalidad debe ser una de las principales características de los nombramientos interinos, se han detectado instituciones del Estado en donde el porcentaje de interinos en relación con los servidores totales es muy alto. Lo cual provoca distorsiones en el ámbito personal como desempleo, incertidumbre, limitaciones de crédito, entre otras; y en el ámbito institucional como una alta rotación de personal, limitaciones en procesos de capacitación y especialización, altos desembolsos por concepto de pago de prestaciones legales, y otras.

VI.-Que las y los funcionarios nombrados interinamente por las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil, y que han superado plazos razonables ocupando esos puestos, en la mayoría de las ocasiones logran adquirir los conocimientos prácticos necesarios para ejercer el cargo, y se han visto sometidos a los procedimientos de evaluación y calificación de servicios establecidos en el artículo 37 inciso e) del Estatuto de Servicio Civil y artículos 41, 42 y 43 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

VII.- Que con la finalidad de que los funcionarios interinos que laboren para las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil logren conservar sus puestos de trabajo, evitando con ello un índice mayor de desempleo y con el fin de garantizar la prestación efectiva de los servicios públicos, se hace imperativo, en el marco de las competencias y atribuciones que corresponden a la Dirección General de Servicio Civil, reformar el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil con el fin de solucionar el problema de los interinazgos prolongados de las y los funcionarios cubiertos por el Título I del Estatuto de Servicio Civil; Por tanto,

Decretan

Artículo 1- Adiciónese un párrafo segundo al artículo 11 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, Decreto Ejecutivo No. 21 del 14 de diciembre de 1954, para que se lea de la siguiente manera:

"Artículo 11.- (…) Los servidores interinos que se encuentren en el registro de elegibles y que hayan acumulado dos o más años de nombramiento interino continuo al servicio del Estado en puestos vacantes del Régimen de Servicio Civil, aunque sea en instituciones y puestos diferentes, de los cuales al menos un año hayan ocupado el puesto vacante en el que se encuentran nombrados en forma interina a la fecha de la entrada en vigencia del presente decreto, tendrán derecho a que se les envíe en terna para el mismo puesto vacante en que se encuentran nombrados interinamente, a la institución en la que prestan sus servicios. De la misma forma, las Oficinas de Recursos Humanos deberán proceder con la conformación de ternas, observando lo establecido en este párrafo, para los puestos que por la naturaleza de sus funciones requieren esencialmente destreza manual, fuerza física o el dominio de un oficio mecánico de conformidad con el artículo 15 del presente Reglamento.

(…)

Artículo 2- DISPOSICIONES TRANSITORIAS

TRANSITORIO I. La Dirección General de Servicio Civil deberá enviar en el plazo de seis meses como máximo, contado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, las ternas correspondientes a la totalidad de los puestos cubiertos por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, que a la fecha de la entrada en vigencia de este decreto estén siendo ocupados por servidores interinos y que cumplan los requisitos mencionados en el párrafo segundo del artículo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil modificado mediante el presente decreto.

TRANSITORIO II. Los funcionarios interinos que a la entrada en vigencia de este decreto, hayan acumulado dos o más años de nombramiento interino continuo al servicio del Estado, en puestos vacantes del Régimen de Servicio Civil, aunque sea en instituciones y puestos diferentes, de los cuales al menos un año hayan ocupado el puesto vacante en el que se encuentran nombrados en forma interina a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto y que no se encuentren en el registro de elegibles, tendrán derecho a que la Dirección General de Servicio Civil les aplique las pruebas necesarias para tener opción de ingresar al registro de elegibles de la clase de puesto y especialidad en la cual se encuentran nombrados al momento de la entrada en vigencia del presente decreto, y los que alcancen tal elegibilidad, tendrán derecho a que se les envíe en terna para el mismo puesto vacante en que se encuentran nombrados interinamente, a la institución en la que prestan sus servicios.

La Dirección General de Servicio Civil deberá realizar los procesos de aplicación de las pruebas, comunicado de los resultados de tales pruebas y envío de los funcionarios interinos que resulten elegibles para la clase de puesto y especialidad que ocupan en forma interina, en las respectivas ternas de la institución en donde se encuentran nombrados interinamente, dentro de un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigencia de este decreto.

TRANSITORIO III. Las Oficinas de Recursos Humanos de las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil deberán conformar en el plazo de seis meses como máximo, contado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, las ternas correspondientes a la totalidad de los puestos cubiertos por el Título I del Estatuto de Servicio Civil, que estén enmarcados por el artículo 15 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil y que a la fecha de la entrada en vigencia de este decreto estén siendo ocupados por servidores interinos que cumplan los requisitos mencionados en el párrafo segundo del artículo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil modificado mediante el presente decreto. En los casos de los funcionarios interinos que cumplan con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil adicionado mediante el presente decreto, que no se encuentren elegibles en los diferentes registros que al respecto posean las Oficinas de Recursos Humanos, deberán éstas en un plazo no mayor de nueve meses contado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, aplicar las pruebas correspondientes, comunicar los resultados a los interesados y confeccionar las correspondientes ternas.

TRANSITORIO IV. Lo establecido en este Decreto será de aplicación por una única vez para los funcionarios interinos que ocupan puestos cubiertos por el Título I del Régimen de Servicio Civil a la entrada en vigencia del presente decreto y que cumplan con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil creado mediante este Decreto.

TRANSITORIO V. La eficacia de este Decreto será de un año a partir de su publicación.

Artículo 3- Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de diciembre de 2010.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.

Marco A. Vargas Díaz

Ministro de la Presidencia

Sandra Piszk Feinzilber

Ministra de Trabajo y Seguridad Social

 

jueves, 16 de diciembre de 2010

SEC realiza fiesta navideña para niños de escasos recursos en Isla Caballo


Unas 200 personas de Isla Caballo, ubicada en el golfo de Nicoya, participaron el pasado 10 de Diciembre, en una actividad familiar organizada por el SEC, donde se contó con la asistencia de Consejo Nacional de Representantes y personal del SEC, quienes llevaron alegría a niñoas y niños de dicha comunidad.
La actividad se  realizó exitosamente en el salón comunal de la iglesia evangélica Iglesia de Dios del Evangelio Completo, en coordinación con Elizabeth y Antonio Torres Hernández. Los niños y sus familias disfrutaron de piñatas, y regalos, donados por los miembros del Consejo Nacional de Representantes, financiados con recursos personales.

Los niños se mostraron muy satisfechos y agradecidos con el SEC por la iniciativa. La idea de celebrar esta fiesta surgió en meses anteriores, cuando se celebró un taller de la Secretaría de la Juventud del SEC. Una actividad igual se había realizado en 2009, en Isla Venado.

La delegación estuvo conformada por los representantes regionales de Talamanca, María León; de Los Santos, Marielos Baltodano; de Naranjo, Mairon Alvarado; de Orotina, Alexis Sánchez; regional 01 San José, Damaris Solano; regional 04 de San José, Moisés Ruiz; de Puntarenas Norte, Anabelle Sancho; Denia Gamboa y Deyanira Rodríguez, representantes del Comité Nacional de Control y Fiscalización; Rosa Salazar del TESEC; Wilberth Araya, chofer del SEC; y Jorge Luis Solís García, Secretario de Promoción y Relaciones Públicas del SEC. La actividad fue consensuada en sesión del Consejo Nacional de Representantes celebrada el 26 y 27 de Noviembre.

martes, 14 de diciembre de 2010

La Nación publica artículo sobre proyecto de Convención Colectiva del SEC

El periódico La Nación publica un artículo detallando diferentes aspectos del proyecto de Convención Colectiva diseñado por el SEC y SITRACOME.

Es importante señalar que lo solicitado son reclamos JUSTOS, NO SON EXCESOS, y que tienen por objetivo mejorar no sólo las condiciones laborales de las y los trabajadores de la educación, sino de todo el sistema educativo.

Ademas aclaramos que la afiliación del SEC es de 28.000 afiliados

El artículo puede ser visto en la imagen adjunta, o en el siguiente vínculo:


Respecto a la licencia por maternidad, en nuestra edición de El Educador de Octubre de 2010, Frank Ulloa publicó un artículo que compara la legislación de licencias por maternidad de Costa Rica con las de otros países, y se evidencia que en nuestro país la legislación no ha equiparado dicho derecho al de otros países. Es importante señalar que el período de licencia por maternidad por 2 años no es nuevo, se aplica en otros países, y tiene por objetivo permitir a la madre una formación más integral de sus niñas o niños. El artículo completo puede ser consultado en el siguiente vínculo:


Otros artículos referentes a la Convención Colectiva pueden ser consultados en los siguientes vínculos:

- SEC entregó al MEP proyecto de Convención Colectiva:


- Entrega del proyecto de Convención Colectiva al Viceministro de Trabajo y Seguridad Social:


El texto completo del proyecto de Convención Colectiva, puede ser consultado en el siguiente enlace:



lunes, 13 de diciembre de 2010

Insuficientes condiciones en entrega de telegramas de nombramiento

El espacio de la Escuela Juan Rafael Mora, en San José, previsto por el MEP para la entrega de telegramas de nombramiento para el curso lectivo del 2011,  resultó insuficiente para atender la gran cantidad de personas que fueron convocadas hoy a ese lugar.


En una visita que el SEC realizó al lugar, se pudo constatar el malestar de los docentes que debieron hacer filas de hasta ocho horas, según manifestaron. Algunos dijeron que se apersonaron a tempranas horas a retirar el telegrama y mientras se desplazaban a otros sitios en busca de los documentos que les hacía falta, cuando llegaban de nuevo, ya el MEP había entregado fichas y perdían el puesto que les estaban cuidando desde temprano.


Agregaron que tampoco los que estaban en las filas podían ir a comer y tan siquiera a utilizar el baño, porque perdían el lugar.


El SEC espera que el MEP tome las previsiones para que la situación que se presentó hoy no se repita en los tres días restantes, ya que según programación, el martes 14 se hará la entrega a los apellidos de la H a la M, el miércoles 15 a los de la N a la S y finalmente el jueves 16 de la T a la Z.


Boletín informativo del Comité Nacional de Control y Fiscalización del SEC

Reciban un cordial saludo de parte del Comité Nacional de Control y Fiscalización del SEC.


Agradecemos a toda la afiliación, por su apoyo en nuestra designación para ocupar el Comité Nacional de Control y Fiscalización para el período 2010-2013. Para contactarnos, ponemos a su disposición los teléfonos 2283-5360 o 223-8917.

 

El Comité está conformado por los siguientes integrantes:

 

Fiscal General: Ismael Fernández Corrales. Celular 8302-9727. Correo electrónico: ismaelfc17@hotmail.com

 

Primera Propietaria: Ligia E. Fallas Rodríguez. Celular 8874-4674. Correo electrónico: ligiaefallas@gmail.com

 

Segunda Propietaria: Vilma Quirós Mora. Celular 8967-8848. Correo electrónico: vilma92009@hotmail.com

 

Primera Suplencia: Denia Gamboa Hernández. Celular 8340-1481. Correo electrónico: deniagamboa@hotmail.com

 

Segunda Suplencia: Deyanira Rodríguez Mojica. Celular 8888-7067. Correo electrónico: yadira0956@hotmail.com

 

Este es nuestro calendario de reuniones del Comité Nacional de Control y Fiscalización. Las mismas se realizarán en la oficina de Fiscalía, en las oficinas centrales del SEC, ubicadas 300 metros al Este de la Universidad Latina:

 

3 de Enero: reunión a la 1:30 p.m.

5 de Febrero: reunión a la 8:00 a.m.

5 de Marzo: reunión a la 8:00 a.m.

2 de Abril: reunión a la 8:00 a.m.

7 de Mayo: reunión a la 8:00 a.m.

4 de Junio: reunión a la 8:00 a.m.

2 de Julio: reunión a la 8:00 a.m.

6 de Agosto: reunión a la 8:00 a.m.

3 de Setiembre: reunión a la 8:00 a.m.

1º de Octubre: reunión a la 8:00 a.m.

5 de Noviembre: reunión a la 8:00 a.m.

3 de Diciembre: reunión a la 8:00 a.m.

jueves, 9 de diciembre de 2010

Cierre de oficinas centrales del SEC

Comunicamos a nuestra afiliación, que con motivo de la Navidad y el Año Nuevo, nuestras instalaciones permanecerán cerradas a partir del lunes 20 de diciembre 2010 y hasta el lunes 3 de Enero.

Estaremos de nuevo a su disposición el martes 4 de Enero de 2011,

JUPEMA entrega premio a pensionada ramonense, en reconocimiento a su espíritu de servicio

La junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, entregó el Premio "Carlos Luis Sáenz" a la pensionada Virginia Durán Araya, por una vida llena de esfuerzo y sacrificio, consagrada a la profesión docente.


La actividad se realizó en presencia de los miembros de Junta Directiva de JUPEMA, entre ellos la Licda Alice Arguedas, representante del SEC y con miembros de las organizaciones magisteriales.


Doña Virginia es oriunda de San Ramón y a lo largo de su vida se ha destacado por contribuir no sólo a la educación, sino al trabajo cooperativo, comunal y cultural con un grupo de teatro con niños de ese cantón.


El premio se otorga desde el año 2006, a grandes formadores de la educación costarricense y en procura del rescate de los valores de la solidaridad, esfuerzo y respeto al ser humano.


Al recibir el premio la homenajeada dijo "serviré a los demás hasta que Dios quiera".


martes, 7 de diciembre de 2010

Servicio Civil amplía registro de elegibles para concurso extraordinario

De conformidad con lo establecido en el Artículo 15 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil y con el único objetivo de Ampliar los Registros de Elegibles, el Servicio Civil abre el Concurso Extraordinario N° NE-01-11, para algunas clases y especialidades (ver lista de puestos al final de este documento)

 

Para tener un proceso eficiente a continuación encontrarán algunos aspectos que deben ser cumplidos previamente:

Los oferentes deberán consultar en nuestro sitio web, a partir del 13 de diciembre del 2010, el Manual de Interpretación de requisitos de este concurso para verificar si reúnen los requisitos y pueden participar.


Por ser un concurso extraordinario solo se podrá participar en UNA clase y especialidad. No se aceptará en una clase y especialidad que no se encuentre especificada en este afiche, o si la persona no cumple con todos los requisitos establecidos, aún cuando el sistema los haya dejado inscribirse.

La inscripción se hará por medio de nuestro sitio web del 10 al 14 de enero del 2011, ambas fechas inclusive. Todas las personas interesadas deben realizar este proceso como única forma de participar en el concurso.


Para la recepción de ofertas y verificación de atestados se establece:

Los oferentes que laboran en algún ministerio o ente adscrito, luego de su inscripción deberán entregar los documentos en su respectiva Oficina de Recursos Humanos, el día que se indique en la respectiva cita.


Los demás oferentes se presentaran en oficinas centrales de la Dirección General, sita en San Francisco de Dos Ríos, en la fecha que se le suministrará al final de su inscripción.


En caso de personas con alguna discapacidad de acuerdo a lo establecido por la ley 7600, luego de haber realizado la inscripción y obtenido la respectiva cita, deberán reportarlo por medio de un correo electrónico a mlindo@sercivil.go.cr, para que el día que deben presentar su oferta con los atestados (académicos y laborales) y el dictamen emitido por la Caja Costarricense de Seguro Social sobre su discapacidad, la Licda María Cecilia Lindo Marín los pueda atender.


La Oferta de servicio deberá imprimirse, colocarse en un folder con prensa y adjuntar copia de sus títulos académicos y certificaciones de experiencia expedidas por una autoridad competente (oficinas de Recursos Humanos, con la indicación de: Nº de cédula, nombre completo, fecha rige y vence del nombramiento, clase de puesto y un breve resumen de sus funciones) Todas las copias deberán tener en el reverso el nombre, firma, número de cédula del oferente y fecha de entrega. NO se admitirán fotocopias si no presentan el respectivo Original.


De las especialidades en las que hay registro de elegibles y no fueron contempladas en este concurso a futuro serán consideradas.


Cualquier consulta por favor canalizarla UNICAMENTE al correo vnunez@sercivil.go.cr.

 

Clases Especialidades

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION PUBLICA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ADMINISTRACION PUBLICA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ADMINISTRACION PUBLICA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION PUBLICA

JEFE DE INGRESOS 1 ADMINISTRACION TRIBUTARIA (GENERALISTA)

JEFE DE INGRESOS 2 ADMINISTRACION TRIBUTARIA (GENERALISTA)

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B ADMINISTRACION TRIBUTARIA (GENERALISTA)

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 ADMINISTRACION TRIBUTARIA (GENERALISTA)

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 ADMINISTRACION TRIBUTARIA (GENERALISTA)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

JEFE DE EGRESOS 1 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

JEFE DE EGRESOS 2 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

JEFE DE EGRESOS 3 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL DE EGRESOS 1A ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL DE EGRESOS 1B ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL DE EGRESOS 2 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL DE EGRESOS 3 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

SUB-DIRECTOR GENERAL EGRESOS ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION (NEGOCIOS)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION GENERALISTA

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

JEFE DE EGRESOS 1 ADMINISTRACION GENERALISTA

JEFE DE EGRESOS 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

JEFE DE EGRESOS 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

JEFE DE INGRESOS 1 ADMINISTRACION GENERALISTA

JEFE DE INGRESOS 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

JEFE DE INGRESOS 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE EGRESOS 1A ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE EGRESOS 1B ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE EGRESOS 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE EGRESOS 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1A ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION GENERALISTA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

SUB-DIRECTOR GENERAL EGRESOS ADMINISTRACION GENERALISTA

SUB-DIRECTOR GENERAL INGRESOS ADMINISTRACION GENERALISTA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION GENERALISTA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION GENERALISTA

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 ADMINISTRACION RECURSOS HUMANOS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ANTROPOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ARCHIVISTICA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ARCHIVISTICA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 ARCHIVISTICA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 ARQUITECTURA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 ARQUITECTURA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ARQUITECTURA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 ARQUITECTURA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 ARQUITECTURA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ATENCION INTEGRAL DE INFANTES

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ATENCION INTEGRAL DE INFANTES

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 ATENCION INTEGRAL DE INFANTES

JEFE DE INGRESOS 1 AUDITORIA

JEFE DE INGRESOS 2 AUDITORIA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 AUDITORIA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 AUDITORIA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1A AUDITORIA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B AUDITORIA

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 AUDITORIA

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 AUDITORIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A AUDITORIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B AUDITORIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 AUDITORIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 AUDITORIA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1A AUDITORIA FISCAL

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B AUDITORIA FISCAL

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 AUDITORIA FISCAL

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 AUDITORIA FISCAL

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 BIBLIOTECOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A BIBLIOTECOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B BIBLIOTECOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 BIBLIOTECOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 BIBLIOTECOLOGIA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 BIBLIOTECOLOGIA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 BIOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A BIOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B BIOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 BIOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 BIOLOGIA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 BIOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A BIOTECNOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B BIOTECNOLOGIA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ECONOMIA AGRICOLA)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (FITOTECNIA)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (GENERALISTA)

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS AGROPECUARIAS (ZOOTECNIA)

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A CIENCIAS POLITICAS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B CIENCIAS POLITICAS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 CIENCIAS POLITICAS

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 CIENCIAS POLITICAS

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 1 CONTABILIDAD

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 CONTABILIDAD

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A COOP. INTERNACIONAL - RELACIONES INTERNACIONALES

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B COOP. INTERNACIONAL - RELACIONES INTERNACIONALES

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 COOP. INTERNACIONAL - RELACIONES INTERNACIONALES

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 COOP. INTERNACIONAL - RELACIONES INTERNACIONALES

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A CRIMINOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B CRIMINOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 CRIMINOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 CRIMINOLOGIA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 CRIMINOLOGIA

JEFE DE EGRESOS 1 DERECHO

JEFE DE EGRESOS 2 DERECHO

JEFE DE INGRESOS 1 DERECHO

JEFE DE INGRESOS 2 DERECHO

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 DERECHO

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 DERECHO

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 DERECHO

PROFESIONAL DE EGRESOS 1A DERECHO

PROFESIONAL DE EGRESOS 1B DERECHO

PROFESIONAL DE EGRESOS 2 DERECHO

PROFESIONAL DE EGRESOS 3 DERECHO

PROFESIONAL DE INGRESOS 1A DERECHO

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B DERECHO

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 DERECHO

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 DERECHO

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A DERECHO

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B DERECHO

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 DERECHO

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 DERECHO

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 DERECHO

PROFESIONAL DE EGRESOS 1A ECONOMIA

PROFESIONAL DE EGRESOS 1B ECONOMIA

PROFESIONAL DE EGRESOS 2 ECONOMIA

PROFESIONAL DE EGRESOS 3 ECONOMIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A ECONOMIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B ECONOMIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ECONOMIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 ECONOMIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A EDUCACION AUDIOVISUAL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 ESTADISTICA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 FARMACIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A FISICA

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 FORESTAL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A FORESTAL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B FORESTAL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 FORESTAL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 FORESTAL

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 GEOGRAFIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A GEOGRAFIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 GEOGRAFIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 GEOGRAFIA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 GEOGRAFIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A GEOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B GEOLOGIA

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 GEOLOGIA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1A GESTION ADUANERA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B GESTION ADUANERA

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 GESTION ADUANERA

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 GESTION ADUANERA

TECNICO DE INGRESOS GESTION ADUANERA

PROFESIONAL DE INGRESOS 1A GESTION Y RECAUDACION

PROFESIONAL DE INGRESOS 1B GESTION Y RECAUDACION

PROFESIONAL DE INGRESOS 2 GESTION Y RECAUDACION

PROFESIONAL DE INGRESOS 3 GESTION Y RECAUDACION

TECNICO DE INGRESOS GESTION Y RECAUDACION

GERENTE DE SERVICIO CIVIL 1 INGENIERIA CIVIL

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 1 INGENIERIA CIVIL

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 2 INGENIERIA CIVIL

PROF. JEFE DE SERVICIO CIVIL 3 INGENIERIA CIVIL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A INGENIERIA CIVIL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 B INGENIERIA CIVIL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 2 INGENIERIA CIVIL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 3 INGENIERIA CIVIL

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 INGENIERIA CIVIL

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 INGENIERIA CIVIL

PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A INGENIERIA ELECTRICA

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TECNICO DE SERVICIO CIVIL 2 INGENIERIA ELECTRICA

TECNICO DE SERVICIO CIVIL 3 INGENIERIA ELECTRICA

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PROFESIONAL SERVICIO CIVIL 1 A NUTRICION

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